Más allá de que la intención del legislador es elogiable y absolutamente nadie puede cuestionar la amabilidad de tutelar a los animales, no de ahí que el tema puede producir polémicas que obstaculicen la estabilidad en el mercado de alquiler, que es al final de cuenta, lo que se ha pedido por la sociedad.
Aguardamos con este producto haber rechazado tus inquietudes y tanto si eres inquilino como dueño y todavía tiene inquietudes por solucionar, contacta con nuestro Despacho experto en alquileres y desahucios.
Prohibición de la tenencia de mascotas peligrosas.
En relación a la prohibición de la tenencia de mascotas en la propiedad horizontal, el producto 117 de la ley 1801 altera por el producto diez de la ley 2054 de 2020, apunta en su primer inciso:
) «Solo se tienen la posibilidad de tener como mascotas a los animales de esta forma autorizados por la normatividad vigente. Para estos animales el ingreso o permanencia en cualquier sitio, se sujetará a la reglamentación de los sitios públicos, libres al público o edificaciones públicas.»
¿Se puede denunciar al dueño de un perro pues ladra o por mear?
La contestación es que si el perro molesta al vecindario de manera incesante y reiterada puede contactar con la Policía Local que probablemente intervenga en el momento en que los hechos tienen alguna entidad., o cuando menos constar la demanda a efectos de acreditar, en su caso, este inconveniente si al final se asiste al juzgado.
En relación a los perros que orinan en la calle y sus dueños no limpian estos restos o los calma de alguna forma, es esencial comprender si existe o no normativa municipal sobre esto, y es frecuente en muchas localidades que se haya dictado alguna ordenanza que constituya sanciones si se infringen las reglas civiles establecidas.
La pelea por la seguridad en ciberespacio en la Unión Europea
La Directiva NIS es la primera parte de legislación de la UE sobre ciberseguridad. Da medidas legales para impulsar el nivel general de ciberseguridad en la UE como fue la Directiva (UE) 2016/1148 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio de 2016, sobre medidas para un prominente nivel común de seguridad de las redes y sistemas de información en toda la Unión.
A efectos de la identificación de los operadores de servicios fundamentales, el lugar en un Estado integrante supone el ejercicio efectivo y real de la actividad a través de régimen permanente. La manera jurídica de estos pactos, así sea a través de sucursal o filial dotada de personalidad jurídica, no es el aspecto esencial en este sentido.