De qué manera negociar el contrato de alquiler a fin de que acepten mascotas
Una aceptable negociación comienza por ponerse en los zapatos del otro.
Conclusión
Más allá de que la intención del legislador es elogiable y absolutamente nadie puede cuestionar la amabilidad de tutelar a los animales, no por este motivo el tema puede producir polémicas que obstaculicen la estabilidad en el mercado de alquiler , que es al final de cuenta, el demandado por la sociedad.
Aguardamos con este producto haber rechazado tus inquietudes y tanto si eres inquilino como dueño y todavía tiene inquietudes por solucionar, contacta con nuestro Despacho experto en alquileres y desahucios.
Contrato de alquiler sin cláusula sobre mascotas
Debes tomar en consideración que todo cuanto no está contraindicado, está tolerado con lo que si no existe ninguna cláusula que regule el tema de las mascotas, puedes tener un animal en el piso de alquiler.
No obstante, si tienes una mascota lo destacado es hablarlo con tu dueño antes de rentar el piso y también integrar una cláusula dando permiso la convivencia con la mascota. Al final de cuenta, si tu mascota molesta a los vecinos y ellos se quejan, tu dueño puede solucionar tu contrato de alquiler basándose en que en la vivienda tienen rincón “ocupaciones irritantes” y siempre y cuando sean primordiales tomar medidas policiales y judiciales .
Para todos los que estén apasionados en ofrecer una ocasión a los dueños de mascotas, facilito una cláusula contractual que regula con aspecto la tenencia de exactamente las mismas (pero que debe amoldarse a cada caso según lo que las partes acuerden) :
Solo se autoriza la tenencia de animales familiares en la vivienda con las próximas condiciones:
a) Se autoriza la tenencia de …..(concretar: perros, gatos, hurones, aves enjauladas , papagayos, cotorras, pericos, peces, tortugas de agua y/o tierra, víboras, iguanas y lagartos, arañas, hámster, conejos, chinchillas, otros roedores, pollos, gallinas, cerdos animales exóticos…). Se prohíbe de manera expresa la tenencia de …….…(gatos, hurones, víboras, etcétera) y de algún otro animal que no esté de manera expresa correcto previamente, salvo nuevo acuerdo por escrito. b) Se autoriza/no se autoriza la tenencia de etnias de perro que la normativa califique como “peligrosas”. c) Se autoriza un máximo de …… perros/gatos simultáneamente a la vivienda, y/o un máximo de …… de cualquier combinación de distintas especies de animales, siempre y cuando esta cantidad no sea superior al número máximo tolerado por la normativa autonómica o local. d) Se prohíbe la visita y el ingreso de cualquier animal familiar propiedad de otros a la vivienda/se autoriza la visita y el ingreso simultáneo de un único animal familiar (salvo perros/gatos) propiedad de un tercero en la vivienda. y también) Los animales familiares autorizados deberán realizar toda la normativa legal para su tenencia (documentación de titularidad en regla, censado, microchip, cartilla de vacunación cada día, desparasitación, revisiones veterinarias, etcétera) f) Los dueños de perros habrán de tener un seguro de compromiso civil de daños a terceros y características. g) Los perros y/o gatos machos deberán estar capados (se va a deber dar certificado veterinario sobre esto). h) Se prohíbe la utilización de las instalaciones y elementos comunitarios (patios, corredores, terraza, etcétera.) para almacena, estancia, reposo o juegos de los animales. Los animales no tienen la posibilidad de en ningún instante deambular sueltos por las instalaciones y elementos comunitarios. Los perros tienen que ir con correa en cualquier caso. i) Los animales tienen que sostener en todo instante las condiciones higiénicas primordiales para la convivencia en Red social, sin producir pésimos fragancias. j) Se prohíbe dejar perros y/o gatos solos en la vivienda, sin compañía humana, a lo largo de mucho más de 12 horas consecutivas. k) Una vez en el (mes/período de tres meses/semestre) tal como al terminar el contrato va a haber que realizar una limpieza profesional de la vivienda, a expensas del inquilino, para remover pelos y otros restos animales, fragancias, etcétera. Se va a facilitar al arrendador copia de la factura abonada con la descripción del trabajo ejecutado en el período máximo de 7 días tras su ejecución. Si no se ejecuta esta limpieza en la terminación del contrato por el inquilino, el coste va a poder ser deducido de la fianza regulada mucho más abajo. l) Con arreglo al art. 1905 del Código Civil, el poseedor de un animal, o el que se sirve, es quien se encarga de los daños y perjuicios que causara, más allá de que se le escape o extravíe. m) En la firma del presente contrato se abonará como fianza en metálico, agregada a la del arrendamiento, una mensualidad de renta para contemplar probables daños ocasionados por el o los animales familiares a la vivienda y moblaje, de esta forma para la pintura, limpieza y desinfección profesional de la vivienda y moblaje tras la terminación del contrato.